jueves

LEY DE LOS CLAP DESCARGA PDF 2018


En Gaceta Oficial N° 41.330 de fecha 29 de enero de 2018, fue publicada la Ley
Constitucional del Comité Local de Abastecimiento y Producción, sancionada por la
Asamblea Nacional Constituyente.
LEY CONSTITUCIONAL DEL COMITÉ LOCAL DE ABASTECIMIENTO Y PRODUCCIÓN
Capítulo I
Disposiciones Generales
Objeto
Artículo 1. Esta Ley Constitucional tiene por objeto regular la constitución, organización y
funcionamiento del Comité Local de Abastecimiento y Producción (CLAP), así como el
reconocimiento de la organización de las instancias de agregación y participación y
organizaciones de base del Poder Popular, para asegurar la producción, abastecimiento y
distribución de los alimentos y productos, a fines de garantizar, la independencia, el
bienestar social del Pueblo, la seguridad alimentaria y el desarrollo integral de la Nación.
Ámbito de aplicación
Artículo 2. Las disposiciones de esta Ley Constitucional son aplicables a los procesos de
constitución, organización y funcionamiento del Comité Local de Abastecimiento y
Producción en todo el territorio nacional.
Valores y principios
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Artículo 3. La constitución, organización y funcionamiento del Comité Local de
Abastecimiento y Producción se regirá por los siguientes valores y principios:
1. Participación protagónica.
2. Corresponsabilidad.
3. Solidaridad.
4. Justicia.
5. Igualdad social.
6. Preeminencia de los derechos humanos.
7. Seguridad y soberanía alimentaria.
8. Primacía de los intereses colectivos.
9. Transparencia.
10. Contraloría social.
11. Eficacia.
Finalidades
Artículo 4. Esta Ley Constitucional tiene las siguientes finalidades:
1. Regular la constitución, organización y funcionamiento del Comité Local de
Abastecimiento y Producción, para garantizar el derecho a la alimentación, la
soberanía alimentaria del Pueblo venezolano.
2. romover las actividades socioproductivas de las instancias de agregación y
organizaciones de base del Poder Popular, en aras de garantizar la producción y la
constitución de formas de autogobierno y autogestión de las comunidades.
3. Coadyuvar en la construcción del nuevo sistema de producción, abastecimiento y
distribución de alimentos y productos para el consumo, enmarcado en una economía
productiva y diversificada, particularmente del Sistema de Economía Comunal.
4. Desarrollar acciones para combatir y superar la especulación, el acaparamiento, el
contrabando y la usura mediante la participación protagónica y la organización del
Poder Popular.
5. Asegurar el ejercicio de la contraloría social para garantizar que el funcionamiento
del Comité Local de Abastecimiento y Producción sea transparente, eficaz, eficiente
y efectivo.
6. Profundizar la corresponsabilidad y la autogestión en las comunas, los consejos
comunales y demás instancias de agregación del Poder Popular.
Definiciones
Artículo 5. A los efectos de esta Ley Constitucional se entiende por:
1. Comité Local de Abastecimiento y Producción: Organización del Poder Popular,
de carácter político, social, económico, ético y territorial, conformado a escala local o
sectorial para la producción, el abastecimiento y la distribución de alimentos y
productos, a fines de garantizar, la independencia, el bienestar social del Pueblo, la
seguridad y soberanía alimentaria y el desarrollo y defensa integral de la Nación, en
corresponsabilidad con el Estado.
2. Responsable de Comunidad: Persona encargada de coordinar el censo de las
familias, las rutas de abastecimiento, los puntos de distribución y las demás acciones
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que conforman el sistema popular de distribución de alimentos.
3. Responsable de Calle o Vereda: Persona que tendrá a cargo la relación directa
con las familias en función de un mayor acercamiento entre las comunidades y el
Comité Local de Abastecimiento y Producción.
4. Fiscal: Es la vocera o vocero designada por el Comité Local de Abastecimiento y
Producción que realizará el seguimiento y control, supervisión y fiscalización para
garantizar la transparencia y eficiencia en los procesos productivos, comercialización
y abastecimiento de alimentos, de artículos de aseo personal y fármacos, en el
sector público y privado, para promover adecuadamente la comercialización de los
artículos a precios fijados por el órgano del Estado que regula la materia.
Capítulo II
De la Organización y Funcionamiento del Comité Local de Abastecimiento y
Producción
Constitución
Artículo 6. El Comité Local de Abastecimiento y Producción se conformará a escala local
en cada una de las comunas, comunidades y sectores sociales del territorio nacional, de
forma flexible y en atención a las circunstancias de la realidad cultural, económica, política
y social.
Estructura
Artículo 7. El Comité Local de Abastecimiento y Producción estará integrado por los
siguientes voceras o voceros:
1. Una lideresa o un líder territorial.
2. Una o un fiscal popular.
3. Una activadora o un activador productivo.
4. Una comunicadora o un comunicador.
5. Una vocera o un vocero de la Milicia Bolivariana.
6. Una vocera o un vocero de la organización UNAMUJER.
7. Una vocera o vocero de las comunas.
8. Una vocera o vocero del Frente Francisco de Miranda.
9. Una vocera o vocero de la Unidad de Batalla Bolívar Chávez.
10. Las demás voceras o los demás voceros que determine la normativa que regule el
funcionamiento de los Comités Locales de Abastecimiento y Producción.
Los mecanismos de designación, el período de ejercicio de los voceros y voceras del
Comité Local de Abastecimiento y Producción, así como las funciones y organización
territorial se determinará y desarrollará en el Reglamento de esta Ley Constitucional.
Perfil de la o del Fiscal Popular
Artículo 8. La o el Fiscal Popular tendrá las siguientes cualidades concurrentes:
1. Ser participante, activa o activo en las organizaciones del Poder Popular.
2. Difundir y promover los lineamientos del Plan de la Patria y apegar su conducta a los
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mismos.
3. Poseer una actitud justa y de corresponsabilidad en el ejercicio del Fiscal Popular.
4. Poseer vocación de servicio.
5. er reconocida o reconocido por la comunidad y tener solvencia moral y ética.
6. No haber sido condenada o condenado por delitos contra la cosa pública, la
propiedad o la vida de las personas.
7. No estar inhabilitada o inhabilitado políticamente.
Requisitos de la o del fiscal popular
Artículo 9. La o el Fiscal Popular del Comité Local de Abastecimiento y Producción,
deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser de nacionalidad venezolana.
2. Mayor de dieciséis (16) años de edad.
3. Residenciada o residenciado en el ámbito geográfico o territorio del Comité Local de
Abastecimiento y Producción, con al menos un (1) año.
4. No poseer parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de
afinidad con los demás voceras y voceros que conforman la estructura del Comité
Local de Abastecimiento y Producción.
5. Aprobar el programa de formación en las materias conexas con esta Ley
Constitucional.
6. Cumplir con el perfil establecido en esta Ley Constitucional.
Funciones
Artículo 10. El Comité Local de Abastecimiento y Producción tiene, entre otras, las
siguientes funciones:
1. Crear, desarrollar y supervisar mecanismos para el abastecimiento y distribución de
alimentos y productos entre las familias que los conforman.
2. Promover una nueva cultura alimentaria y patrones de consumo familiar que se
ajusten a las realidades nacionales, regionales, locales y comunales.
3. Impulsar nuevas formas de organización socioproductiva en las comunas, los
consejos comunales y comunidades para el abastecimiento, producción y
distribución de alimentos y productos.
4. Impulsar la producción agrícola, pecuaria, cunícula, acuícola, caprina, ovina y
cualesquiera otras formas que impulsen o promuevan el abastecimiento soberano.
5. Evaluar, controlar y fiscalizar los mecanismos para el abastecimiento y distribución
de alimentos y productos a los fines de garantizar que sean transparentes, eficaces,
eficientes y efectivos.
6. Velar y coadyuvar al cumplimiento de la Ley Constitucional de Precios Acordados en
coordinación con las autoridades competentes en la materia.
7. Desarrollar sus políticas y programas de formación.
8. Promover la articulación entre las instancias y organizaciones de base del Poder
Popular, así como las comunas, los consejos comunales y las comunidades
organizadas en todo el territorio nacional para el abastecimiento, producción y
distribución de los alimentos y productos. 4/7
9. Las demás establecidas mediantes leyes, reglamentos y resoluciones.
Atención prioritaria
Artículo 11. El Comité Local de Abastecimiento y Producción garantizará la atención
prioritaria a las familias que posean integrantes con condiciones especiales derivadas de
discapacidades, salud, niñas, niños y adolescentes, ancianas, ancianos y mujeres en
estado de gravidez.
Capítulo III
De la Producción y la Distribución
Producción
Artículo 12. El Comité Local de Abastecimiento y Producción podrá desarrollar actividades
socioproductivas para generar alimentos y productos de consumo directo, entre ellas en el
área agrícola, pecuaria, cunícula, acuícola, caprina, ovina y cualesquiera otras formas de
especies menores, así como actividades para la producción de artículos de vestido,
higiene personal y del hogar.
Las actividades socioproductivas del11omité Local de Abastecimiento y Producción serán
desarrolladas en función las necesidades de las familias, en absoluta vinculación con el
territorio y activación productiva eficiente y sostenida con base en las necesidades de la
población y el Sistema Popular de Distribución de Alimentos.
Integración al Sistema Económico Comunal
Artículo 13. El Comité Local de Abastecimiento y Producción que desarrolle actividades
socioproductivas formará parte del Sistema Económico Comunal. A tal efecto deberán
inscribirse ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de economía
comunal. El órgano del Ejecutivo Nacional responsable del Comité Local de
Abastecimiento y Producción establecerá las normas relativas a su organización y
funcionamiento cuando desarrollen actividades socioproductivas.
El Comité Local de Abastecimiento y Producción que desarrolle actividades
socioproductivas se rige por lo previsto en esta Ley Constitucional y en la Ley Orgánica del
Sistema Económico Comunal, salvo en lo referido a su organización y funcionamiento.
Financiamiento
Artículo 14. El Comité Local de Abastecimiento y Producción podrá valerse de servicios
desconcentrados y entes descentralizados para la captación de recursos que permitan el
cumplimiento de sus fines y cualquier otra actividad económica que permita la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
Distribución
Artículo 15. El Comité Local de Abastecimiento y Producción tiene la obligación de
participar en la distribución y abastecimiento de los alimentos y otros productos requeridos
por las familias que los integran, en coordinación con los ministerios del Poder Popular con
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competencia en tales materias. A tal efecto, deberá suministrar oportunamente la
información solicitada y realizar todas las acciones que les sean asignadas.
Así mismo, podrá organizar y desarrollar otras iniciativas dirigidas a garantizar el acceso
de las familias que los integran a bienes y servicios necesarios que conlleven al bienestar
social del Pueblo y el desarrollo integral de la Nación.
Distribución de los alimentos
Artículo 16. La distribución y abastecimiento de los alimentos y otros productos a través
del Comité Local de Abastecimiento y Producción, se realizará mediante el desarrollo de
jornadas en el sector, las visitas casa por casa o mediante las formas que determinen en
coordinación con las y los Responsables de Comunidad, Calle o Vereda. A tal efecto, será
imprescindible contar con el censo de las familias, la fijación de las rutas, los puntos de
distribución y las demás acciones que sean requeridas para tales fines. El Estado
garantizará el suministro oportuno y continuo de los alimentos y productos al Comité Local
de Abastecimiento y Producción para su oportuna distribución.
El órgano del Ejecutivo Nacional responsable del Comité Local de Abastecimiento y
Producción determinará las distintas modalidades y niveles de organización, participación
e integración del Comité Local de Abastecimiento y Producción en las actividades de
distribución y abastecimiento.
Evaluación, control y fiscalización para el abastecimiento y distribución de
alimentos y productos
Artículo 17. El Comité Local de Abastecimiento y Producción podrá desarrollar actividades
dirigidas a evaluar, controlar y fiscalizar los mecanismos que desarrolle el Comité Local de
Abastecimiento y Producción para el abastecimiento y distribución de alimentos y
productos a los fines de garantizar que sean transparentes, eficaces, eficientes y efectivos.
Así mismo, podrán ejercer funciones para velar y coadyuvar al cumplimiento de la Ley
Constitucional de Precios Acordados en coordinación con las autoridades competentes en
la materia.
El órgano del Ejecutivo Nacional responsable del Comité Local de Abastecimiento y
Producción, en coordinación con las autoridades competentes en materia de precios
acordados determinará las distintas modalidades y niveles de organización, participación e
integración del Comité Local de Abastecimiento y Producción en las actividades de
evaluación, control y fiscalización de los mecanismos para el abastecimiento y distribución
de alimentos y productos.
Disposición Finales
Primera. La presente Ley Constitucional prevalece sobre las leyes orgánicas y especiales.
Segunda. La presente Ley Constitucional entrará en vigencia a partir de su publicación en
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


Descargar Ley Constitucional del Comité Local de Abastecimiento y Producción

miércoles

VERIFICA AQUÍ PASO A PASO EL BONO NAVIDEÑO

SI PERDISTE TU TELÉFONO MÓVIL PARA RECIBIR EL AVISO DE BENEFICIO DEL ULTIMO BONO NAVIDEÑO;O ASIGNADO POR EL PRESIDENTE NICOLAS MADURO.

INGRESA A EL HIPERVINCULO  AL FINAL DEL TEXTO COLOR AZUL Y REGISTRA A UN  NUMERO NUEVO DE MOVIL , POSTERIORMENTE VERIFICAS SI ERES BENEFICIARIO.

NOTA: SI NO ERES BENEFICIARIO  VERIFICA CONSTANTEMENTE EN DIAS DE SEMANA

SI LA PAGINA NO CARGA , ESTA LENTA, O NO LLEGA A TIEMPO EL CÓDIGO SUGERIMOS REALIZAR ESTE PROCESO EN EL BUSCADOR FIREFOX MOZILLA

EL CÓDIGO TARDA EN ALGUNOS HORARIO DEBIDO A LAS VISITAS MASIVA A NIVEL NACIONAL    Y EN CONSECUENCIA EL CODIGO LLEGA RETARDADO EN EL TRANSCURSO DEL DÍA 

NO CONFUNDIR EL BONO NAVIDEÑO CON LOS AGUINALDOS DE LOS PENSIONADOS SON DISTINTO LOS BENEFICIOS

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lunes

Declaración Jurada de no poseer Vivienda;persona con discapacidad Soltera y sin pareja.


Yo,  , venezolana,  mayor de  edad, soltera,  de este domicilio,  titular  de  la  cédula de identidad Nº V          , por medio del presente documento declaramos: 1) Que soy una persona con discapacidad, debidamente certificada por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad. 2) Que soy participante activo del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda de acuerdo a lo establecido en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 5.889, Extraordinaria, de fecha 31 de Julio de 2008, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el precitado texto legal antes señalado, Declaro Bajo Fe de Juramento:----------------------------------------- PRIMERO: Que actualmente no soy Propietaria de ninguna vivienda, ni aquí, ni en ninguna otra parte del territorio nacional------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: No soy Beneficiaria de subsidio o  asistencia habitacional alguna, ni coparticiparte de una cooperativa o asociación civil para adquirir vivienda----------------------
TERCERO: Si con posterioridad al Otorgamiento del crédito para adquisición de vivienda que estoy solicitando, se llegare a comprobar que soy propietaria de otra vivienda, quedaré obligada a restituir de inmediato la totalidad del préstamo solicitado------------------
CUARTO: Que la vivienda por la cual estoy haciendo diligencias, constituirá mi única vivienda principal para mí y mí grupo familiar, la cual me obligo a habitar-----------------------

QUINTO: Que soy contribuyente del sistema de política habitacional.-----------------------


A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 85 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 36 de la Ley para las Personas con Discapacidad y la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, juro que todo lo antes expuesto es cierto. Así mismo lo digo y otorgo en Ciudad Bolívar, a la fecha de su presentación. 

¿PARA QUE ES LA CONSTITUYENTE? nueve temas para los constituyentistas

Al convocar la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), el pasado 1 de mayo, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, planteó nueve temas para ser incorporados a las discusiones de los constituyentistas y que permitan perfeccionar, mejorar y consolidar la Constitución del año 1999.
En una alocución ofrecida desde el Palacio de Miraflores, Caracas, el jefe de Estado propuso como primera línea de debate la paz como necesidad, derecho y anhelo de la nación. En ese sentido, se espera que la ANC reafirme los valores de la justicia, “de la no impunidad”, y que a través de un gran proceso de convocatoria al diálogo nacional, se puede “construir la paz verdadera, la paz con democracia, con libertad, con participación, con justicia”.
Como segundo objetivo, la Constituyente debe ampliar y perfeccionar el sistema económico venezolano “para dejar dibujado e instalado un nuevo sistema económico post petrolero”.
En este sentido, “tiene que ser explícito el concepto, las formas y los mandatos constitucionales del modelo postpetrolero” que permita avanzar hacia una economía productiva, diversificada, mixta, “integrada e integradora, de economía potencia”.
El tercer punto propuesto por el Jefe de Estado es constitucionalizar todas las Misiones y Grandes Misiones creadas en estos 18 años, para afianzar el modelo de justicia social destinado a garantizar el derecho a la salud, la educación, el trabajo, el empoderamiento del pueblo, entre otros aspectos.
El presidente Maduro también propuso, como cuarto aspecto, ampliar las competencias del Sistema de Justicia, Seguridad y Protección del Pueblo, que comprenderá ” todo lo que es el sistema policial, investigativo, preventivo, el sistema penitenciario y el sistema judicial” con el establecimiento de nuevas penas para delitos contra personas y contra la República.
“Yo quiero constitucionalizar nuevos elementos de una justicia severa. La lucha contra el terrorismo aquí no aparece, contra el terrorismo y el narcotráfico en todas sus formas”, por lo que definir los mecanismos para combatir esos flagelos es “una gran tarea además, necesaria y bonita para la patria”, expresó.
En quinto lugar se refirió a las nuevas formas de la democracia participativa y protagónica, por lo que propuso constitucionalizar el Poder Comunal, es decir, incluir en la Carta Magna nuevas formas de organización como las comunas, los consejos comunales y los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (Clap).
“¿Qué es el Clap? Democracia directa económica. ¿Qué son los consejos comunales? Democracia directa en lo social y en lo político, democracia protagónica, participativa, directa”, explicó el Mandatario Nacional.
El sexto tema a discutir por la Asamblea Nacional Constituyente es la defensa de la soberanía e integridad de la nación y su protección ante agentes intervencionistas. Este punto se vincula a la defensa de la integridad de la República y la nueva visión del mundo pluripolar y multicéntrico.
El Jefe de Estado considera que en el debate constituyente debe incorporarse, como séptimo punto, la reivindicación del carácter pluricultural del país, mediante la defensa de la “diversidad cultural de la patria, el tema de la espiritualidad y del recorrido histórico que llevó a un profundo y hermoso mestizaje de todas las expresiones de la cultura y del arte en Venezuela”.
La octava línea de discusión planteada en la garantía de futuro de la juventud venezolana, con la inclusión en la Carta Magna de un capítulo que consagre los derechos de ese sector de la población. Por tal razón, el presidente Maduro convocó a los estudiantes sin intermediarios a que participen en el proceso constituyente.
En la agenda de discusiones, la Asamblea Nacional Constituyente debe deliberar sobre la preservación de la vida en el planeta, basada en la definición de derechos soberanos sobre la preservación de la biodiversidad y el fomento de una cultura ecológica en el país, indicó el Mandatario Nacional.
Al proponer esta agenda, el jefe de Estado reafirma su disposición de entregar el poder “al Constituyente originario, al soberano, al pueblo”.

En ese sentido, indicó: “Si para algo es el poder de un presidente revolucionario es para activar la soberanía absoluta del único dueño de este país, a través del voto popular, directo y secreto, bajo reglas electorales muy estrictas para la postulación y elección de una Asamblea Nacional Constituyente que tome el poder político de la patria”.

INSCRIPCION DEL PLAN CHAMBA JUVENIL - REQUISITOS

CLIKEA AQUI ACCEDE CHAMBA JUVENIL


CLIKEA AQUI PARA LOS FORMADORES DEL PLAN CHAMBA JUVENIL

Un total de 200 mil empleos creará el Plan Chamba Juvenil para los jóvenes venezolanos, en una primera etapa. Estos son los pasos para el registro, de acuerdo con el presidente del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (Inces), Wuikelman Ángel:

1. Debes poseer el Carnet de la Patria.

2. Ingresa a la página web www.inj.gob.ve, introduce los datos personales más el código que se encuentra al reverso del Carnet.

3. Selecciona la opción de empleo en las seis áreas disponibles: recreación y tiempo libre, educación, servicios sociales y de salud, mantenimiento y agricultura urbana, seguridad ciudadana y cuadrantes de paz; y somos productivos Inces.

4. Las personas serán contactadas por mensaje de texto.

5. Los brigadistas del Movimiento Somos Venezuela verificarán la información y luego incluirán al aspirante al empleo.

Dentro de los 200 mil puestos de trabajo previstos, 60 mil son para aprendices Inces: 48.680 en empresas públicas y 11.320 en privadas, detalló este martes el vicepresidente del Área Social y ministro para la Educación, Elías Jaua. Más de 58 mil personas se han registrado en la página web del plan.

Son 60 empresas públicas y las industrias básicas de Guayana las que recibirán a los jóvenes. En estas últimas, serán 10 mil los puestos de trabajo para jóvenes.

Se estima que para diciembre estén 700 mil jóvenes instruyéndose en las diferentes áreas de capacitación del Inces para luego formar parte del aparato productivo nacional. Las áreas son: Industrial; industrias básicas I y II; banca, seguros y seguridad, transporte y servicios; alimentación; telecomunicaciones, electricidad e hidrología.

Unes prevé ingresar a 6.000 jóvenes en agosto para formarlos como policías.


 

sábado

LISTA DE FUNCIONES DEL CARNET DE LA PATRIA

EN EL FORMULARIO DEL EMPADRONAMIENTO ESPECIFICAN TODO EL ESTUDIO SOCIAL DEL CIUDADANO Y DE SU ENTORNO FAMILIAR RAZÒN POR LA CUAL TARDA  DEPENDIENDO LA DINÁMICA DE TRABAJO  DEL CARNETIZADOR

SURGEN MUCHAS PREGUNTAS DEL CARNET DE LA PATRIA Y LA MÀS DESTACADA ES ¿PARA QUE SIRVE ESE CARNET? A CONTINUACIÒN SE ESPECIFICA SU FUNCIÒN  
LISTADO DE FUNCIÒNES DEL CARNET DE LA PATRIA

- EL CARNET LO PUEDE PORTAL CUALQUIER VENEZOLANO Y EXTRANJEROS QUE ESTÉN EN EL REGISTRO DEL SAIME EN VENEZUELA 

- ES UN CANAL DE COMUNICACIÒN DE LOS MINISTERIOS Y GOBIERNO CENTRAL CON    EL PUEBLO

- CONTRALORÌA SOCIAL MEDIANTE LA INFORMÁTICA Y TELEMÀTICA A TRAVES DE      UN CÓDIGO Y UNA APLICACIÒN, ESPECÌFICAMENTE PARA CONFIRMAR SI EL            SERVICIO DE BENEFICIOS SOCIALES COMO LAS BOLSAS DEL CLAP DE LA ISIÒN ALIMENTO LLEGA REALMENTE COMPLETA Y NO SE DESVÌE LOS PRINCIPALES PRODUCTOS ENTRE OTROS (ESTUDIAN LA POSIBILIDAD DE SER UN CARNET DE DÉBITO PARA LOS CLAP)

- ATENDER LAS NECESIDADES REZAGADAS TALES COMO LA MISIÒN VIVIENDA, PENSIÒN, Y LAS MISIONES IMPLEMENTADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL Y EN EL MISMO SENTIDO A LOS EXTRANJEROS EN ESPERA DE LA MISION IDENTIDAD

-  ACTUALIZAR DATA DE LOS SIMPATIZANTES  DE TODOS LOS PARTIDOS POLÍTICOS TAMBIÉN OPORTUNAMENTE PUEDE DESVINCULARSE   DE SU ACTUAL PARTIDO Y CAMBIARSE A OTRO PARTIDO 

. - ACTUALIZAR LA DATA O INGRESAR A QUE ORGANISMO GUBERNAMENTAL O NO GUBERNAMENTAL PERTENECE TALES COMO DEPORTE, CLAP, MILICIA,COLECTIVOS, FUNDACIONES SIN FINES Y CON LUCROS ENTRE OTROS

-  SISTEMATIZACIÓN  PARA ARROJAR RESULTADOS DE TODOS LOS BENEFICIOS SOCIALES QUE IMPLEMENTAN EL GOBIERNO NACIONAL A TODOS LOS CIUDADANOS VENEZOLANOS Y EXTRANJEROS 

- SISTEMATIZACIÒN PARA ARROJAR LA CANTIDAD DE ANIMALES DOMÈSTICOS Y DE GRANJA PARA SER ATENDIDOS POR LOS MINISTERIOS CORRESPONDIENTE Y MISIÒNES COMO LA DE MISIÒN NEVADO

- SE REGISTRAN MENORES DE EDAD A PARTIR DE LOS QUINCE AÑOS Y EN CONSECUENCIA MANEJAR LOS DATOS DE LOS JÓVENES DE DIFERENTES ÁMBITOS QUE PERTENECEN Y TENER EL MISMO BENEFICIO DE LISTADO ANTE ESCRITO

- REGISTRO DE TODAS LAS PERSONAS DISCAPACITADAS , Y PERSONAS QUE REQUIERAN

- SISTEMATIZACIÒN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS Y EN EL MISMO SENTIDOS DE LOS DESEMPLEADOS PROFESIONALES, NO PROFESIONALES, ARTESANOS, COMERCIANTES FORMAL E INFORMAL ENTRE OTROS

- REGISTRO QUE MANEJARA LOS CLAP, CONSEJOS COMUNALES, Y ORGANISMO AUTORIZADOS PARA ARTICULAR Y AFIANZAR EL SISTEMA DE PROTECCIÒN SOCIAL, EN CONSECUENCIA AGILIZAR NECESIDADES EN DIFERENTES ÁMBITOS

miércoles

INGRESA NUMERO CEDULA NUEVOS PENSIONADOS IVSS 2017


NUEVOS PENSIONADOS DEL SEGURO SOCIAL 2017
CLIKEA EL LINK ACCEDE E INGRESA FECHA DE NACIMIENTO Y NUMERO DE CEDULA

CLIKEA AQUI IVSS NUEVOS PENSIONADOS 2017
NUEVOS PENSIONADOS DEL SEGURO SOCIAL

Envío de Cartas y Proyectos Ministerios y Ministros de Venezuela

LOS PROYECTOS Y CARTAS  SE EMITEN  A ESTE LISTADO DE MINISTERIOS DE VENEZUELA  COPIA Y PEGA EN GOOGLE EL MINISTERIO CORRESPONDIENTE A BUSCAR

Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno              Carmen Teresa Meléndez Rivas         
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz Néstor
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores             Delcy Eloina Rodríguez Gómez
Ministerio del Poder Popular para la Banca y las Finanzas            Rodolfo Medina             
Ministerio del Poder Popular para la Defensa              Vladimir Padrino López
Ministerio de Poder Popular para la Industria y el Comercio       Carlos Farías     
Ministerio del Poder Popular para el Turismo    Marleny Contreras        
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y las Tierras              Wilmar Castro Soteldo 
Ministerio del Poder Popular para la Pesca y Acuicultura             Ángel Belisario 
Ministerio del Poder Popular de Agricultura Urbana      Lorena Freitez 
Ministerio del Poder Popular para la Educación                Rodulfo Pérez Hernández          
Ministerio del Poder Popular para la Salud          Luisana Melo    
Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo               Oswaldo Vera
Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda    Manuel Quevedo          
Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y las Aguas Ernesto Paiva
Ministerio del Poder Popular de Petróleo           Eulogio del Pino              
Ministerio del Poder Popular de Planificación    Ricardo José Menéndez Prieto
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología         Jorge Arreaza   
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información          Ernesto Villegas              
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales       Erika Farías Peña            
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación          Rodolfo Clemente Marco Torres
Ministerio del Poder Popular para la Cultura      Freddy Ñáñez  
 Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte                Mervin Maldonado       
Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas y la Descolonización   Aloha Núñez
Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género      Blanca Eekhout
Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario        María Iris Varela Rangel              
Ministerio del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas                Ricardo Molina 
Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica              Luis Motta Domínguez  
Ministerio del Poder Popular para Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas                Juan Arias          
Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico         Roberto Ignacio Mirabal Acosta              

Ministerio del Estado para la Nueva Frontera de Paz     Gerardo Izquierdo Torres       
Ministerio de Estado para el Comercio Exterior e Inversión Internacional           Jesús Faría          

jueves

Acta Extraordinaria de Cambio de Cuentadante del Consejo Comunal

Acta Extraordinaria de Cambio de Cuentadante del Consejo Comunal___________________________________________
      Código SITUR _________________________________

Nosotros,              , C.I ______________,            , C.I ______________,                    C.I _________________,                 C.I ____________,              C.I______________,  actuando en nuestro carácter de voceros y voceras del Colectivo de Coordinación Comunitaria del Consejo Comunal______________________  ubicado en el Sector____________  Parroquia__________________, Municipio____________  del Estado________________, debidamente registrado por ante el Sistema de Taquilla Única de Registro del Poder Popular del Estado_____________, en fecha  ______ de ___________ de________, bajo el número________________________ , Certificamos: Que la presente Acta es traslado fiel y exacto de su original, que fue levantada en esta comunidad de ___________________, en fecha __________, siendo las_____pm, constituidos en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas como Máxima Instancia de deliberación y decisión para el ejercicio del Poder Popular Comunitario, reunidos en____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________atendiendo a la primera y única convocatoria cursada en fecha ______________, presentes _______ habitantes mayores de 15 años, inscritos en el Registro de Electores de esta Comunidad, a los fines de tratar el siguiente orden del día: PRIMER PUNTO: Constatación del Quórum. SEGUNDO PUNTO: pérdida de la condición de vocero del ciudadano_________________________, Titular de la cédula de identidad número __________________, quien fungía como una de las cuentadante del Consejo Comunal. TERCER PUNTO: Elección de la nueva persona que asume como vocero o vocera cuentadante del Consejo Comunal CUARTO PUNTO: Autorización para consignar el acta ante la taquilla del registro del Poder Popular. Una vez leída el orden del día, la Asamblea por unanimidad nombra como directo Debate para esta sesión, al Vocero __________________, titular de la cédula de identidad número V- _____________, perteneciente a la comisión electoral permanente, dando inicio a la Asamblea de carácter extraordinaria, con el propósito de considerar la agenda antes mencionada: PRIMER PUNTO: En este sentido, se procede a constatar el quórum reglamentario, y se verifica la asistencia de ______ habitantes mayores de quince años, inscritos en el Registro de Electores de esta comunidad,  SEGUNDO PUNTO: se debate sobre el cambio de residencia de la ciudadana________________________, verificándose que su nueva residencia está fuera del ámbito geográfico del Consejo Comunal Loma Alta y que  al mudarse de nuestra poligonal pierde la condición de vocera, según lo previsto en articulo 43, numeral 3, de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales. TERCER PUNTO. La Asamblea por mayoría de los asistentes, decide nombrar a la ciudadana,_______________________________________ , titular de la cédula de identidad número V__________________, vocera de la unidad de administración financiera del Consejo Comunal, como la nueva cuentadante ante la banca pública y privada del Consejo comunal _________________________CUARTO PUNTO: Esta asamblea AUTORIZA  a _________________, titular de la Cédula de Identidad Nº ________________ en su carácter de vocero(a) de la Unidad de ___________________ del consejo comunal____________________, para que consigne la presente acta extraordinaria, ante  la Taquilla Única de Registro del Poder Popular del Estado Miranda, del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales. Se levanta el Acta y los presentes certifican que la misma es traslado fiel y exacto de su original, habitantes de la comunidad, firman en señal de conformidad y aceptación de su contenido:
Nombre y Apellido
Cédula de Ident
Firma
































Formatos Socio Productivas, Inscripciòn Consejo Comunal y Comunas


FORMATOS DE INSCRIPCIÒN DE COMUNAS
FORMATOS DE INSCRIPCION DE CONSEJO COMUNALES
FORMATO DE REGISTRAR ORGANIZACIONES SOCIO PRODUCTIVAS
ACTAS Y FORMATODE CNE
  1. Instructivo Plan de Desarrollo integral Comunitario
  2. Plan de Desarrollo Integral Comunitario (modelo)
  3. Planilla Censo Demográfico
  4. Certificación de adecuación de los Consejos Com
CLIKEA AQUI PARA SELECCION DE FORMATOS<---
ACTA DE ASAMBLEA FAMILIAR
NOSOTROS, (identificar a las personas que integran la Unidad Productiva
Familiar con sus respectivas cédulas de identidad), mediante el presente
documento sometemos a consideración la constitución de la ORGANIZACIÓN
SOCIOPRODUCTIVA COMUNITARIA, denominada UNIDAD PRODUCTIVA
FAMILIAR, la cual podrá asumir las siguientes denominaciones:
1.- ____________________________________________
2.- ____________________________________________
3.- ____________________________________________
La UNIDAD PRODUCTIVA FAMILIAR se regirá por los principios y valores socioproductivos
comunitarios y sus formas de organización comunal, a saber: la
corresponsabilidad, cooperación, sustentabilidad, libertad, justicia social, solidaridad,
equidad, transparencia, honestidad, igualdad, eficiencia y eficacia, contraloría social,
rendición de cuentas, gestión y participación democrática, formación y educación,
respeto y fomento de las tradiciones, la diversidad cultural, articulación de trabajo en
redes socio-productivas, la cultura ecológica y la preponderancia de los intereses
comunes sobre los individuales, que garantice la satisfacción de las necesidades de
la comunidad, aportando la mayor suma de felicidad posible. En este sentido,
informamos a la(s) Asamblea(s) de Ciudadanos y Ciudadanas del o los Consejo(s)
Comunal(es) ________________________, inscrito(s) bajo el número
____________ ante la Oficina de Taquilla Única de Registro del Poder Popular____
(ESTADO DE LA TAQUILLA ÚNICA), en fecha ____________, que dicha empresa
se regirá bajo las siguientes cláusulas:
PRIMERA. La Organización Socio-Productiva tendrá su domicilio en la ciudad
________________________ de (IDENTIFICAR EL DOMICILIO DE LA
ORGANIZACIÓN Y DEL CONSEJO COMUNAL O COMUNA DONDE ESTARÁ
UBICADA).
SEGUNDA. La UNIDAD PRODUCTIVA FAMILIAR tiene por objeto ejecutar las
actividades de ________________________ (OBJETO DE LA UNIDAD
PRODUCTIVA FAMILIAR) en beneficio de sus productores y productoras, y de la
comunidad _____________ (CONSEJO(S) COMUNAL(ES), COMUNA(S), OTRA
ORGANIZACIÓN DE BASE DEL PODER POPULAR)
TERCERA. La duración de nuestra Organización Socio-Productiva es de ____
(XXX), años, sin embargo podrá suprimirse en el momento en que los productores y
productoras familiares así lo decidan, previa notificación por escrito a la Asamblea de
Ciudadanos y Ciudadanas.
CUARTA. La UNIDAD PRODUCTIVA FAMILIAR desarrollará sus actividades con
recursos propios y aquellos de índole financiero y no financiero, así como los de
carácter retornable y no retornable para el logro de sus metas de conformidad con el
numeral 3 del artículo 8 de la Ley. En tal sentido sus productores o productoras
participarán directamente en la gestión de la referida Unidad Productiva Familiar.
QUINTA. La organización socioproductiva familiar estará destinada a satisfacer las
necesidades de los miembros de la familia, de los Consejos Comunales y demás
instancias del Poder Popular.
SEXTA. Los Miembros Integrantes deberán participar en los procesos de Formación
Político-Ideológica y Técnico-Productiva implementada por las Escuelas del Poder
Popular o cualquier otra instancia que disponga el Ministerio como órgano rector.
SÉPTIMA. Desarrollar acciones estratégicas de enlace y coordinación de las
actividades generadas en las etapas de la cadena socio-productiva articulándolas a
las redes socio-productivas, los mercados o espacios comunitarios de interacción
económica destinados al intercambio de saberes, bienes y servicios en conjunto con
las brigadas socialistas de producción, distribución y consumo organizados en el
seno de la comunidad o Comuna, dentro del marco de la Ley Orgánica del Sistema
Económico Comunal.
OCTAVA. Se proponen como voceros de la UNIDAD PRODUCTIVA FAMILIAR, a
los ciudadanos y ciudadanas que se identifican a continuación:
Por la Unidad de Administración y Gestión Productiva
Nombres, apellidos, cédulas de identidad, domicilio:
1.
2.
3.
NOVENA. La UNIDAD PRODUCTIVA FAMILIAR se regirá por el artículo 10 numeral
3 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, por la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y demás normas aplicables.
En consecuencia, se somete a consideración de la Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas a los fines de su aprobación el acta constitutiva estatutaria y proyecto
socioproductivo.
En la ciudad de ___________, a los _____ días del mes de_____ de 2012.
En señal de conformidad por parte de la asamblea familiar del acta constitutiva
estatutaria, proyecto socioproductivo y de los tres nombres propuestos para la
denominación de esta unidad familiar, los abajo firmantes.-
NOMBRE Y APELLIDO C.I. FIRMA

miércoles

Solicitud : Cambio de Bombillos Ahorradores

Cccccc,         de               2016

Ciudadano:
Gerente de Comercialización de Corpoelec -------------estado
Su Despacho.

     Reciban un Cordial Saludo Revolucionario, Bolivariano y Socialista de parte de esta gran familia Comunal y  al mismo tiempo desearle éxitos en sus funciones, siendo ustedes los principales propulsores en el desarrollo de nuestro gentilicio de Ccccc Estado ccccccc

     Por medio de la presente, el Consejo Comunal “CCCCCCC”,  integrado por los voceros:              C.I Nº                 ,                   C.I Nº                           y                   C.I Nº ,                          Venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles,  y respectivamente ubicados en el Sector cccccc, Parroquia Cccccc Municipio Cccc, del Estado Trujillo, en la oportunidad  de hacerle el siguiente planteamiento: La Solicitud del proceso de canje de bombillos ahorradores  Con la finalidad de contribuir a satisfacer las necesidades de en nuestra comunidad; como parte de las estrategias que Corpoelec; Empresa Eléctrica Socialista emprende para el acercamiento con las comunidades ccccccccc. Habida cuenta que nuestros vecinos están sometidos a un suministro irregular del servicio  los cuales a la par se están apoyando de la sustitución de bombillos incandescentes por ahorradores de energía como parte de 7ma fase de la Misión Revolución Energética y dar el buen uso racional y consiente  Por tal motivo buscamos acercar la empresa a la comunidad y brindar facilidades para el pago de la factura de energía eléctrica y permitan que nuestros usuarios y usuarias se sientan satisfechos, contribuyendo así a la Construcción de la Patria Socialista para el buen vivir de los venezolanos y venezolanas.
         Acudimos a sus buenos oficios para la atención a  nuestra comunidad  mediante el censo anexado, estrategia para reimpulsar la distribución eficiente , a través de la identificación de los habitantes y así conocer la demanda actual   que se destinan  a el sector Mirinday

Por el Consejo Comunal

                                                              Voc. Órgano Ejecutivo




Voc. Órgano de Administrador y Finanzas                                          Voc. de Energía y Gas


CERTIFICADO DE ANULACIÓN DEL CONSEJO COMUNAL

                                                CERTIFICADO DE ANULACIÓN

          Certifica el  Consejo  Comunal  ___________________________”,  ubicado
Dentro del ámbito geográfico:  NORTE: ______________________; SUR: ________________________________;ESTE:_____________________y;  OESTE: _______________________;  delSector:__________________________,Parroquia:_________________Municipio______________del  Estado  _________________,
         Intervino en la decisión de anulación absoluta de este Consejo Comunal; establecida  en una  Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de la comunidad   procediendo la aprobación  de finiquitar  su proceso, por incumplimientos de las normas legales establecidas para su funcionamiento.  Por la siguiente exposición de motivos:     
        La comunidad que conforma el Consejo Comunal______________ en el ámbito territorial es de menor cantidad de hogares  y los habitantes no participan a las organización de eventos sociales evidenciando apatía con frecuencia y en el mismo sentido a la integración y organización para la actualización de vocerías principales del Consejo Comunal , también dejando de servir al público, ylas reuniones convocada por los entes gubernamentales no eran atendida en los lapsos establecidos violando todo lo dispuesto en las leyes desde el año 2014 , las vocerías firmantes se mantenían integrado por miembros de de consanguinidad familiar y actualmente poseen la vocería sin vigencias. En consecuencia los habitantes convienen en incluirse  al consejo comunal__________________ colindante de su geografía mediante su aprobación participativa rigiéndose a sus estatutos e instancias sociales de su jurisdicción.
   
          Por medio de la presente, el Consejo Comunal “Valle Hondo”,  integrado por los voceros: ________________C.I Nº 222.222, _____________ C.I Nº11.131.111 y R________________ C.I Nº 11.111.119,  Solicitamos la nulidad y validación a  los efectos de Registro ante la Taquilla Única de Registro del Poder Popular. 
      
         Certificado y solicitud que  se  expide  a  los  fines  de  hacer  constar  que  el  Consejo  Comunal denominado ___________________ Rif__________________ por  el  Ministerio  del  Poder  Popular  para  las  Comunas  y  Protección  Social.

En  la  ciudad  de  _____________________,  a  los  _____________(          )  del  mes
de___________________   de dos mil     (201)

   


_______________Telf. 0416.____________
Voc. Órgano Ejecutivo



 __________________Tlf.0415                                _______________Tlf 0415                                                                                         
Voc. Órgano de Admi y Finanzas                                Voc. Órgano Contralor Social

Firmas de Habitantes anexadas


Acta de Nulidad del Consejo Comunal______________________

…….Explicaron que, una vez cubierto este paso, se dirigieron hasta la ____________________ donde solicitan la nulidad de_______________________, en tanto a que no se cumplieron las normas legales establecidas para su funcionamiento.
      Señalan los voceros que la primera flagrancia que hubo, fue __________vencidos como -……………además de que no hubo la convocatoria a la asamblea de ciudadanos, requisito indispensable para proceder a la creación---------------------.
       Entre otros pasos obviados están la falta de la comisión promotora, la comisión electoral y la no difusión pública del proyecto de la carta fundacional de la co-----------------, aunado a que no se convocó a la consulta para el ----------------------------.
       Por estas razones, los voceros autorizados de consejo  comunale  de,          ----------------, solicitaron a -------------------------la nulidad absoluta del proceso ----------------que se hizo para la fundación   porque, entre otras cosas, no se tomó en cuenta la opinión   de un número considerable de ciudadanos que conviven en ese ámbito territorial.



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