Entre la Sociedad Mercantil “tucumurruco C.A”,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción
Judicial del Estado _____________, en fecha 21 de Diciembre de ___________,
bajo el No. 34, tomo 70-A, representada en este acto por su Presidente FULANO
DE TAL, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, soltero, titular de la
cédula de identidad No. V66-888.088, de este domicilio, quien para los
efectos del presente contrato se denominará “EL CONTRATANTE” por una
parte y por la otra el ciudadano, MENGANO, venezolano, mayor de edad,
hábil en derecho, de profesión Mecánico, titular de la cédula de identidad No.
V-55.666.666, de este domicilio, quien para los efectos del presente
contrato se denominará “EL CONTRATADO”, se ha convenido en celebrar como
formalmente se celebra, por el presente medio un CONTRATO DE TRABAJO A
TIEMPO DETERMINADO, el cual se regirá por las cláusulas que a
continuación se especifican: PRIMERA:
“EL CONTRATADO”, queda obligado a prestar a “EL CONTRATANTE”, sus
servicios personales y directos, sin que exista relación de subordinación ni de
dependencia, consistente en el ejercicio
de su oficio de Obrero, en consecuencia realizara gestiones relacionadas
directamente con el ramo de la construcción, dentro del horario comprendido de 7:30
a.m. a 12: m. Y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. de lunes a
viernes y los sábados de 7:30 a.m. a 2:00 p.m..- “EL
CONTRATADO” queda obligado a: Ejercer tal función siguiendo las
instrucciones que se le impartan, atender de forma honesta, cordial y sencilla
la función a cumplir.- Tales labores las ejecutara EL CONTRATADO, intuito
Personae, y no podrá bajo ninguna circunstancia realizar cualquier otra labor
diferente.- Asimismo “EL CONTRATADO”, se compromete a no realizar actos
de disposición de bienes u otros objetos propiedad de la Sociedad y de hacerlo
será el responsable por las perdidas sufridas, pudiendo en consecuencia “EL
CONTRATANTE”, deducir del sueldo del
“CONTRATADO”, la cantidad de dinero a que asciendan las perdidas, y
de no ser suficientes estos para cubrir tales perdidas, queda obligado a
responder con su acervo o patrimonio particular, tratase de bienes muebles e
inmuebles e inclusive con aquellos que se mantengan en comunidad, cualesquiera
que ella sea.- SEGUNDA: La duración del presente contrato será de
cuatro (04) meses fijos, contados a partir de la firma del presente contrato,
tiempo durante el cual se compromete a no prestar servicios de la misma
naturaleza a persona natural o jurídica, sin la previa y escrita autorización
dada por “EL CONTRATANTE”.- Terminado la prestación de los servicios
profesionales a la expiración del termino convenido, este contrato quedara
concluido en todas sus partes y de pleno derecho y sin necesidad de
notificación escrita. TERCERA: “EL CONTRATADO”, percibirá de
“EL CONTRATANTE”, por concepto de honorarios profesionales derivados de la
prestación de sus servicios, una remuneración semanal de Cuarenta por Ciento
(40%) del monto total de la facturación del trabajo realizado los cuales serán
cancelados los días Viernes de cada semana.- CUARTA: Queda
expresamente entendido que, el presente contrato de trabajo podrá darse por
terminado bien sea por “EL CONTRATANTE” bien sea por “EL CONTRATADO”, en
cualquier tiempo y sin necesidad de aviso.- En caso de que se produzca la
terminación de la relación contractual antes del plazo señalado en este
documento, a los efectos de determinar las responsabilidades a que haya lugar,
se procederá de la siguiente manera: 1-) Si la terminación de la
relación contractual se produce por voluntad de “EL CONTRATANTE”, “EL
CONTRATADO” tendrá derecho a percibir la cantidad de dinero señalado como
saldo de sus prestaciones sociales y demás beneficios que por imperio de la ley
le corresponden si los hubiere.- 2-) Si la terminación de la relación
contractual se produce por voluntad de “EL CONTRATADO”, tendrá derecho a
percibir la cantidad que por ley le corresponda.- QUINTA: El
incumplimiento por parte de “EL CONTRATADO” a una cualquiera de las
cláusulas del presente contrato, será causa suficiente para demandar la
resolución del mismo y reclamar los daños y perjuicios.- SEXTA: Las
partes declaran expresamente que entre ellas no existe ninguna otra relación
que no sea la de prestación de servicios como obrero.- SÉPTIMA: Se
hacen dos ejemplares de un mismo tenor y de un mismo efecto, y se elige como
domicilio especial la ciudad de
Valencia, a la jurisdicción de cuyos tribunales, declaran las partes
someterse.-
EL CONTRATANTE EL
CONTRATADO